POLÍTICA DE NO DISCRIMINACIÓN
La Escuela Gastronómica de Occidente S.A.S a través de su gestión promueve y garantiza la no discriminación, nos comprometemos en defender los derechos humanos y el respeto a la diversidad, fomentando condiciones favorables de trabajo e igualdad de oportunidades a través de acciones afirmativas y principios de no discriminación. Asimismo, implementamos acciones que promueven la no discriminación dentro y fuera de la organización con nuestras partes interesadas.
Tenemos en cuenta los lineamientos nacionales e internacionales en el área de derechos humanos, por lo tanto, prohibimos todas las formas de discriminación por motivo de:
- Origen étnico o nacional.
- Color de piel.
- Género.
- Identidad y orientación sexual.
- Credo religioso y espiritual.
- Situación familiar.
- Salud.
- Discapacidades.
- Embarazo.
- Apariencia física.
- Factores genéticos.
- La edad.
- Estilo de vida
- Ideología política o filosófica.
- Actividad sindical.
- Condición Social y Económica.
- Cultural.
- Estado civil.
- Los antecedentes penales.
- Condición jurídica.
La situación migratoria así como la discriminación racial.
Esta política complementa el código de conducta o ética, el Reglamento Interno de Trabajo,
el reglamento estudiantil y los principios de no discriminación, los cuales son:
Dignidad de la persona>. Respeto a la naturaleza inherente del ser humano y que le otorga derechos fundamentales irrenunciables e inalienables, de carácter personal, familiar, sociocultural y ambiental, los cuales se deben, reconocer y promover.
Derecho a la diferencia. Todas las personas tienen derecho a ser diferentes, como expresión de la dignidad humana y los derechos a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad. Las familias, la sociedad, las organizaciones y el Estado deben fomentar el respeto del derecho a la diferencia y establecerán los mecanismos para eliminar la intolerancia, teniendo en cuenta la condición de clase, genero, grupo étnico, edad, orientación sexual, identidad de genero, salud física o mental, entre otras.
Igualdad. Las personas y las organizaciones deben ofrecer el mismo trato y protección a todas las personas, sin diferencia de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica o cualquier otra condición o situación social. Este principio no proscribe el trato diferenciado, sino que obliga a justificarlo de manera suficiente.
Equidad. En la comprensión de que en cada persona se conjugan numerosas identidades, características, aspiraciones y necesidades que conjuntamente describen su situación particular ante los demás, la equidad implica la capacidad de ser justos, partiendo del principio de la igualdad, pero considerando las necesidades individuales y las circunstancias de cada persona.
Inclusión. Proceso que asegura que todas las personas tengan las mismas oportunidades, y la posibilidad real y efectiva de acceder, participar, relacionarse y disfrutar de un bien, servicio o ambiente, junto con los demás ciudadanos, sin ninguna limitación o restricción por motivo de etnia, color, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, familiar o social, lengua, religión, discapacidad, aspecto físico o cualquier otra condición o situación social, mediante acciones concretas que ayuden a mejorar de manera integral las condiciones de vida de los individuos.
Tolerancia. Respeto por las ideas, las creencias o las practicas de los demás, cuando son diferentes o contrarias a las propias. La tolerancia no es concesión, condescendencia ni indulgencia. Ante todo, la tolerancia es el reconocimiento de los derechos humanos universales y de las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales.
Propenderemos para contar con espacios comunes conformados por diversidad de personas; cuyas características agreguen valor y permitan un mayor compromiso de nuevos colaboradores aumentando así la creatividad e innovación que apoyan la sostenibilidad de la empresa.